El juez Toro, inhabilitado por la investigaci¨®n contra S¨¢ez tras la denuncia de Esca?uela
El magistrado ha sido castigado por un delito de prevaricaci¨®n imprudente, por lo que perder¨¢ su puesto y durante tres a?os no podr¨¢ ejercer este empleo o cargo p¨²blico en la justicia.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a tres a?os de inhabilitaci¨®n al juez Juan Antonio Toro por un delito de prevaricaci¨®n imprudente cometido en 2017 en una investigaci¨®n contra el expresidente de la Federaci¨®n Espa?ola de Baloncesto (FEB) Jos¨¦ Luis S¨¢ez.
As¨ª lo acuerda el TSJM en una sentencia en la que impone dicha pena a Juan Antonio Toro por la comisi¨®n de un delito de prevaricaci¨®n imprudente en concurso con otro de revelaci¨®n de secretos.
La condena, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, incorpora la p¨¦rdida del cargo de magistrado as¨ª como la imposibilidad de obtener durante esos tres a?os empleo o cargo p¨²blico en el ¨¢mbito de la administraci¨®n de justicia que conlleve el ejercicio de funciones jurisdiccionales o de gobierno judicial.
El fiscal pidi¨® en el juicio 15 a?os de inhabilitaci¨®n y multa de 5.400 euros por un delito de prevaricaci¨®n y otra multa de 4.500 euros por la revelaci¨®n de secretos.
Juan Antonio Toro ha sido juzgado por decisiones que adopt¨® siendo juez de instrucci¨®n n¨²mero 36 de Madrid para investigar una denuncia del entonces presidente de la Federaci¨®n Espa?ola de Tenis, Jos¨¦ Luis Esca?uela, contra el que era entonces secretario de Estado para el Deporte y presidente del Consejo Superior de Deportes (CSD), Miguel Cardenal.
En su querella, Esca?uela incluy¨® documentaci¨®n con la que buscaba demostrar que recib¨ªa un trato discriminatorio del CSD, frente al que ten¨ªa la Federaci¨®n Espa?ola de Baloncesto y las supuestas irregularidades que se hab¨ªan detectado.
El juez Toro acord¨® el sobreseimiento de la querella y abri¨® otras diligencias contra los entonces presidente y secretario general de la Federaci¨®n Espa?ola de Baloncesto, Jos¨¦ Luis S¨¢ez y Luis Gim¨¦nez, respectivamente, en las que ya no estaba personado Esca?uela.
Esca?uela solicit¨® a Toro que uniera a las actuaciones que ya hab¨ªa archivado una copia digitalizada de las diligencias abiertas contra el presidente de la Federaci¨®n de Baloncesto y con posterioridad pidi¨® al juez copia de las diligencias en las que se investigaba a los responsables de la FEB.
El TSJM explica que el magistrado ha sido juzgado por haber facilitado informaci¨®n de una causa a quien no era parte en ese procedimiento penal, con el a?adido de que posteriormente se divulgaron en un medio de comunicaci¨®n ciertos documentos que formaban el sumario.
Sin embargo estima que "de la prueba practicada no se deduce la utilidad procesal por quien no era parte de la causa del conocimiento de los documentos que formaban el sumario".
La sentencia fundamenta que lo que se produjo fue "una vulneraci¨®n del deber legal y procesal de reserva o secreto de las actuaciones judiciales penales en la fase de instrucci¨®n por cuanto el contenido de unas diligencias previas se entreg¨® a quien no era parte en ellas y por lo tanto conoci¨® lo que no ten¨ªa derecho a conocer".
Para el TSJM "la forma de proceder del magistrado fue descuidada pues se omitieron los m¨¢s elementales deberes de comprobaci¨®n y verificaci¨®n de las limitaciones que se cern¨ªan sobre lo pedido por la falta de personaci¨®n".
No obstante, descarta "la expresa mala intenci¨®n que sosten¨ªan las acusaciones -ejercidas por Jos¨¦ Luis S¨¢ez y Luis Gim¨¦nez- y que alguna pretendi¨® sobredimensionar a trav¨¦s de alegaciones y comentarios, tan incisivos como hu¨¦rfanos de prueba, sobre una supuesta trama de enemistades y venganzas".