El Supremo resolver¨¢ sobre la destituci¨®n de ?ngel Mar¨ªa Villar como presidente de la RFEF
La Secci¨®n Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha acordado la admisi¨®n de un recurso presentado por el expresidente de la RFEF contra la decisi¨®n del TAD.

La Secci¨®n Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha acordado la admisi¨®n de un recurso presentado por el expresidente de la Real Federaci¨®n Espa?ola de F¨²tbol (RFEF) ?ngel Mar¨ªa Villar contra la decisi¨®n de Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) de diciembre de 2017 de destituirle del cargo por la comisi¨®n de una falta calificada como muy grave.
Fue en 22 de diciembre de ese a?o cuando el TAD adopt¨® esa decisi¨®n al detectar irregularidades en el proceso electoral a presidente de la RFEF, cargo del que estaba inhabilitado desde su implicaci¨®n en julio de 2017 en el 'caso Soule'.
El auto del Supremo, adelantado por La Informaci¨®n y al que ha tenido acceso Europa Press, recuerda que contra esa decisi¨®n Villar interpuso recurso en 2018, pero que fue desestimado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en 2019.
Seg¨²n rescata el Supremo, en ese recurso se iba contra la sanci¨®n del TAD a Villar, y se alegaba que se procedi¨® de esa forma a pesar de que la norma "excluye de modo expreso" la imposici¨®n de la referida sanci¨®n, por lo que no se actu¨® con base legal para ello.
Tal y como reza el art¨ªculo 76.2 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte --recogido en el auto--, se considera infracci¨®n muy grave de los presidentes y dem¨¢s miembros directivos de los ¨®rganos de las Federaciones deportivas espa?olas y Ligas Profesionales, "a) El incumplimiento de los acuerdos de la asamblea general, as¨ª como de los reglamentos electorales y dem¨¢s disposiciones estatutarias o reglamentarias".
La resoluci¨®n del TAD indicaba que Villar incumpli¨® la prescripci¨®n contenida en el Reglamento Electoral (art¨ªculo 4.4) porque los que presentan candidatura para formar parte de los ¨®rganos de gobierno de la Real Federaci¨®n Espa?ola de F¨²tbol (RFEF) no pueden ser miembros de la Comisi¨®n Gestora, por lo que deben cesar en dicha condici¨®n al presentar la candidatura en cuesti¨®n. Igualmente se consider¨® que infringi¨® el deber de neutralidad que ha de observar la Comisi¨®n Gestora seg¨²n el propio Reglamento Electoral, por lo que se procedi¨® a la imposici¨®n de la sanci¨®n de destituci¨®n prevista en el art¨ªculo 79 de la Ley del Deporte.
"Una verdadera campa?a"
El TSJM, al analizar el asunto en su sentencia, concluy¨® que Villar s¨ª era culpable en tanto que consider¨® evidente que el hecho de ocupar la Presidencia de la Comisi¨®n Gestora de la RFEF le obligaba a guardar" estricto y escrupuloso deber de neutralidad durante el procedimiento electoral" y que, pese a ello, de la documentaci¨®n aportada "queda constancia que simultane¨® su cargo de presidente de la Comisi¨®n Gestora con una verdadera campa?a con vistas a su reelecci¨®n como presidente de la RFEF.
Avisaba el tribunal madrile?o adem¨¢s de que la Ley del Deporte contempla que puede acordarse la destituci¨®n aun cuando no haya reincidencia por parte del sancionado cuando los hechos sean muy graves, como es el caso. Adem¨¢s confirmaba la proporcionalidad de la sanci¨®n impuesta y apuntaba que las alegaciones de Villar eran irrelevantes.
Dado que la defensa del expresidente de la federaci¨®n no estaba conforme con la resoluci¨®n, opt¨® por recurrir en casaci¨®n ante el Supremo, Alto Tribunal que ahora tras analizar el escrito y una vez escuchadas a las partes --defensa de Villar y Abogac¨ªa del Estado-- ha resuelto que existe un inter¨¦s casacional objetivo en el asunto para la formaci¨®n de jurisprudencia.
En concreto, se?ala que es interesante determinar si la referencia al concepto de "agravante de reincidencia" contenida en el art¨ªculo 22.3 a) del Real Decreto 1591/1992, de 23 de diciembre, como elemento definitorio del tipo infractor que el art¨ªculo '15 a)' del mismo texto legal contempla, "debe ser interpretada, en atenci¨®n a la garant¨ªa constitucional del principio de legalidad recogido en el art¨ªculo 25 de la Constituci¨®n Espa?ola". Esto en el sentido de considerar si constituye un requisito 'sine qua non' para acordar la imposici¨®n de la sanci¨®n de destituci¨®n prevista en la Ley del Deporte.
Caso Soule
Cabe recordar que Villar es uno de los investigados en el caso Soule en la Audiencia Nacional. Se indaga en supuestas irregularidades que habr¨ªan sido cometidas por los principales dirigentes o con su conocimiento y consentimiento para "enriquecerse y favorecer el enriquecimiento de terceros".
A tal fin, "se habr¨ªa creado un entramado societario que habr¨ªa permitido la desviaci¨®n de fondos (tanto p¨²blicos como privados) de dichas asociaciones a sociedades vinculadas con ellos, estableciendo asimismo un clientelismo tanto en la contrataci¨®n del personal, que recaer¨ªa fundamentalmente en familiares, como en la presunta adjudicaci¨®n arbitraria de contratos de suministro y prestaci¨®n de servicios" a empresas vinculadas a la presunta trama.
Todo ello ser¨ªa constitutivo de presuntos delitos de administraci¨®n desleal, apropiaci¨®n indebida y/o estafa, malversaci¨®n de caudales p¨²blicos, falsedad documental, corrupci¨®n entre particulares y contra la Hacienda P¨²blica. En julio de 2021, el juez de la Audiencia Nacional Alejandro Abascal acord¨® prorrogar por seis meses m¨¢s, hasta el pr¨®ximo 29 de enero, la instrucci¨®n de Soule.