Demandantes contra los estatutos del Madrid cuestionan el poder de Florentino P¨¦rez
El juicio por el endurecimiento de las condiciones para ser candidato es ma?ana. Sentencia en tres semanas. Florentino quiso parar el juicio ofreciendo un trato a los demandantes.


Cuando Florentino P¨¦rez fue preguntado en su comparecencia de ayer por el juicio de ma?ana contra la modificaci¨®n estatutaria promovida por ¨¦l en 2012, que hace casi imposible que se presenten candidatos a la elecciones, el presidente respondi¨® atendiendo m¨¢s a los plazos que al sentido de la justicia: ¡°Esto terminar¨¢ en el Supremo dentro de mucho tiempo¡±. Reconoc¨ªa as¨ª impl¨ªcitamente, tambi¨¦n, su poca fe en ganar un proceso en el que se pone en seria amenaza los dos a?os que le quedan de mandato hasta junio de 2017 ya que, de ser la sentencia en su contra y aun teniendo la posibilidad de recurrir, estar¨ªa deslegitimado y casi forzado a convocar elecciones anticipadas.
Los demandantes, un grupo de socios de la pe?a Quinta del Buitre de Callosa de Segura, piden dos cosas concretas a la Justicia. Que se anulen los acuerdos tomados por aquella Asamblea de 2012 que endurec¨ªan las condiciones para ser candidato y, adem¨¢s, que se anule de pleno derecho la actual junta directiva, que result¨® elegida en las posteriores elecciones de 2013 a las que nadie m¨¢s que Florentino pudo presentarse.
Despu¨¦s del juicio de ma?ana, la juez Almudena Maricalva Arranz, titular del Juzgado de Primera Instancia n? 51, deber¨¢ dictar sentencia en dos o tres semanas. El Madrid podr¨ªa recurrir a la Audiencia Provincial y ¨¦sta, por tratarse de un derecho fundamental (el de los socios a elegir y ser elegidos en unas elecciones) tramitar¨ªa el recurso de manera urgente. Los abogados de los demandantes estiman que la Audiencia Provincial podr¨ªa pronunciarse sobre el mes de marzo o abril (todav¨ªa en el curso de esta temporada). Lo que no est¨¢ tan claro es que el Madrid pueda luego recurrir al Supremo. S¨®lo podr¨ªa hacerlo si la sentencia primera de Maricalva Arranz contradijera otra dictada por el Supremo en la que hubiera dado la raz¨®n a un club en un caso parecido. Pero no parece que lo haya. Si el proceso acaba en el Supremo, se podr¨ªa alargar cuatro a?os.
Ejecuci¨®n provisional. De cualquier manera, los abogados de los demandantes est¨¢n trabajando en la posibilidad de pedir la ¡®ejecuci¨®n provisional¡¯ en caso de que la sentencia de la juez Maricalva Arranz les favorezca. La ¡®ejecuci¨®n provisional¡¯ es una figura jur¨ªdica que se aplica cuando una sentencia se refiere a derechos fundamentales, para que los mismos no queden vulnerados cuando se intenta alargar el proceso por medio de recursos (como ha anunciado Florentino). Hay controversia sobre si los demandantes pueden pedir esta ¡®ejecuci¨®n provisional¡¯ (en caso de que ganen y el Madrid recurra), porque la sentencia simplemente declarar¨ªa nulos los acuerdos tomados por aquella Asamblea de 2012, pero no habr¨ªa una condena que ejecutar.
Florentino ya ha confesado a sus allegados que, m¨¢s all¨¢ de los recursos que pudiera poner en las diferentes instancias, contempla la posibilidad de convocar elecciones anticipadas si pierde el juicio por la presi¨®n de los socios, mayor a¨²n de la que tiene ahora despu¨¦s de que hayan pedido mayoritariamente su dimisi¨®n en el pasado Cl¨¢sico (0-4).
Tengo una oferta. La prueba de que Florentino teme al juicio de ma?ana es que intent¨® negociar con los demandantes en dos ocasiones. La primera en septiembre. La segunda la semana pasada, cuando envi¨® a un emisario para que se pusiera en contacto con este grupo de socios, en dos ocasiones, para saber qu¨¦ pod¨ªan querer a cambio de que esa demanda fuera retirada. Los socios, de la pe?a de Callosa de Segura (Alicante), fueron contundentes: ¡°No hay nada que nos pueda comprar, s¨®lo queremos que se haga justicia¡±.
Los hechos. Los nuevos requisitos para ser candidato que fueron aprobados en aquella Asamblea de septiembre de 2012 reducen dr¨¢sticamente el c¨ªrculo de candidatables y hacen referencia a dos puntos fundamentales. Por un lado, a la antig¨¹edad como socio para poder presentarse a las elecciones: pasa de 10 a 20 a?os para el caso del presidente y de 5 a 15 para el del vicepresidente. Por otro lado, si antes los Estatutos obligaban al candidato a presentar un preaval del 15% del presupuesto, tras la modificaci¨®n estatutaria ese preaval debe reunir unas determinadas condiciones: que est¨¦ emitido por una entidad bancaria radicada en Espa?a (nunca en el extranjero) y que sea con el patrimonio personal, ¡°y exclusivamente personal¡±, de los candidatos. Se da la paradoja de que Vicente Boluda, que ya fue presidente en 2009, no cumple ahora la antig¨¹edad como socio necesaria para presentarse.