Florentino, segundo frente: el mi¨¦rcoles, juicio de los estatutos
S¨®lo ¨¦l pudo presentarse a las elecciones de 2013 por un cambio en los estatutos. Un grupo de socios demand¨® porque ¡°limitan el derecho del socio a elegir y a ser elegido¡±.


El mi¨¦rcoles se celebrar¨¢ en el Juzgado de Primera Instancia N? 51 de Madrid, cuya titular es Almudena Maricalva Arranz, el juicio por la demanda interpuesta por un grupo de socios contra los cambios estatutarios que Florentino promovi¨® y que fueron aprobados por la Asamblea del club del 30 de septiembre de 2012. La demanda afecta s¨®lo a los cambios que se hicieron respecto a las condiciones necesarias para ser candidato a la presidencia. Fundamentalmente, se ampliaba, por un lado, de 10 a 20 a?os la antig¨¹edad como socio necesaria y, por otro, se endurec¨ªan las condiciones del preaval del 15% del presupuesto, que ahora ha de hacerse con patrimonio exclusivamente personal (nada de terceros) y ser concedido por una entidad espa?ola (nunca del extranjero). Tras ese cambio estatutario nadie m¨¢s que Florentino pudo presentarse a las elecciones de 2013. Hubo candidatables como Vicente Boluda, Eugenio Mart¨ªnez Bravo o Borja Mart¨ªnez-Laredo que manifestaron p¨²blicamente su intenci¨®n de presentarse a aquellos comicios, pero les fue imposible cumplir las nuevas exigencias.
Boluda. Vicente Boluda, que ya fue presidente en 2009, no pudo presentarse en 2013 por no tener la antig¨¹edad necesaria despu¨¦s del cambio de 10 a 20 a?os exigidos. Tampoco podr¨¢ hacerlo, s¨®lo por unos meses, para los comicios de 2017. Boluda ha sido llamado como testigo, por parte de los demandantes, en el juicio.
Si la juez da la raz¨®n a los demandantes habr¨ªa que volver a los antiguos estatutos y convocar nuevas elecciones. La Ley del Deporte 10/1990 establece s¨®lo la obligaci¨®n de avalar al presidente que ya ha sido elegido (no al candidato), lo que permitir¨ªa un proceso electoral con m¨¢s protagonistas como ocurre en el Barcelona, donde no hay necesidad de preavalar, s¨®lo de reunir un n¨²mero determinados de firmas de socios, como antes se hac¨ªa en el Madrid.