Declaraci¨®n de la Renta 2020-21: ?tengo que hacerla si me han hecho un ERE?
Para reducir costes y afrontar la crisis econ¨®mica provocada por la pandemia, muchos trabajadores han sufrido un ERE y dudan si presentar la Renta.

Con motivo de la pandemia, muchas empresas han tenido que aplicar Expedientes de Regulaci¨®n de Empleo (ERE) para suspender, reducir la jornada o despedir a un porcentaje determinado de la plantilla con el objetivo de reducir gastos y hacer frente a la crisis econ¨®mica que se ha producido por el par¨®n de la actividad. Las condiciones de los despidos son, por tanto, especiales, y condicionadas a que la empresa est¨¦ realmente en una situaci¨®n econ¨®mica dif¨ªcil para garantizar su supervivencia. Adem¨¢s del cobro ordinario de la indemnizaci¨®n, estos despidos tambi¨¦n pueden ir acompa?ados de una prejubilaci¨®n con cobro del desempleo hasta la edad m¨ªnima de jubilaci¨®n o la entrega de un capital en varios plazos.
Declarar la indemnizaci¨®n
La Organizaci¨®n de Consumidores y Usuarios (OCU) se?ala que los trabajadores incluidos en el ERE recibir¨¢n una indemnizaci¨®n m¨ªnima de 20 d¨ªas por a?o de servicio, con un m¨¢ximo 12 mensualidades, pero puede aumentar hasta los 33 d¨ªas por a?o si el despido es improcedente. De esa indemnizaci¨®n, una parte queda exenta de pagar IRPF. En concreto, no habr¨¢ que pagar en el IRPF por las indemnizaciones que no superen los 180.000 euros, siempre que cumplan una serie de requisitos.
- Que la cuant¨ªa de la indemnizaci¨®n por despido no supere los l¨ªmites que marca el Estatuto de los Trabajadores.
- Que sea una sentencia judicial la que marque la cuant¨ªa de la indemnizaci¨®n si previamente se ha impugnado el despido por ser improcedente o nulo.
Si el trabajador recibe m¨¢s de 180.000 euros, s¨ª tendr¨¢ que declarar, aunque se podr¨¢ deducir la parte excedente ¡°por irregularidad¡± en un 30% y tributar menos si ha trabajado m¨¢s de dos a?os en la empresa o ha cobrado la indemnizaci¨®n en un pago ¨²nico de la empresa y en un ¨²nico ejercicio. En caso de cobrar la indemnizaci¨®n directamente de la empresa, pero fraccionada en varios plazos, hay que dividir los a?os trabajados en la empresa entre el n¨²mero de ejercicios de cobro de la indemnizaci¨®n. Si se obtiene un resultado superior a 2, se puede aplicar la reducci¨®n del 30%, pero si es igual o inferior a 2, no se podr¨¢.