La FETRI descarta que Marta Franc谷s sufriera acoso
La Federaci車n emite un comunicado en el que asegura no haber encontrado pruebas que sustenten las afirmaciones de la triatleta paral赤mpica.
La Federaci車n Espa?ola de Triatl車n asegur車 este mi谷rcoles, mediante un comunicado, no haber encontrado pruebas que sustenten las afirmaciones p迆blicas de la triatleta paral赤mpica Marta Franc谷s, que asegur車 haberse retirado a causa de un acoso continuado por parte de compa?eros que se prolong車 durante seis a?os.
Cabe recordar que, ante las declaraciones de Franc谷s, el ente federativo decidi車 activar su protocolo contra el acoso y comenzar unas pesquisas para averiguar el grado de veracidad de lo afirmado por la deportista, plata en la categor赤a PTS4 en los Juegos de Par赤s el verano pasado.
Tras requerir por escrito a Franc谷s y su representante legal que aportaran pruebas para esclarecer el asunto, y seg迆n la versi車n federativa no haber recibido ninguna, se elev車 un informe al correspondiente comit谷 federativo, que es el que le ha dado carpetazo al entender que lo que denuncia Franc谷s no ha quedado acreditado. Por lo dem芍s, la nota le desea lo mejor a la exatleta en su futuro deportivo, manifiesta el respaldo del ente a sus deportistas y subraya el derecho a emprender las acciones legales que estime oportuna en defensa de su honor y el de sus federados. El comunicado completo, a continuaci車n:
Ante las recientes manifestaciones p迆blicas realizadas por la triatleta paral赤mpica Marta Franc谷s, en las que anuncia su retirada del triatl車n alegando haber sufrido un supuesto acoso continuado por parte de compa?eros de selecci車n desde hace 6 a?os, la Federaci車n Espa?ola de Triatl車n (FETRI) desea trasladar a la opini車n p迆blica lo siguiente:
1. Sobre las declaraciones realizadas
Las afirmaciones expresadas por Marta Franc谷s, de car芍cter general y sin concreci車n de personas o hechos espec赤ficos, constituyen una acusaci車n de notable gravedad. En tanto que afectan a un colectivo ejemplar como es el de nuestros deportistas paral赤mpicos, consideramos necesario aclarar que dichas manifestaciones no han sido acompa?adas de documentaci車n ni elementos objetivos que permitan su verificaci車n.
El colectivo que conforma FETRI ha sido objeto de menosprecio como consecuencia de tales comentarios; pudiendo dar lugar a diversas vulneraciones del derecho al honor de sus miembros. En este sentido, es palmario que afirmar categ車ricamente que se ha sufrido acoso y bullying en el marco de un colectivo, pone en tela de juicio la honorabilidad de aqu谷l, haci谷ndosele responsable de manera gen谷rica de una serie de sucesos no ocurridos.
2. Compromiso de FETRI con la protecci車n de los deportistas
La FETRI ha sido siempre una firme defensora de la inclusi車n, la igualdad y la protecci車n de todos los deportistas. Con el fin de garantizar el esclarecimiento de los hechos en un entorno seguro, esta Federaci車n activ車 de oficio el protocolo de prevenci車n de acoso y abuso en el deporte, contemplado en la normativa vigente, con el objetivo de esclarecer con rigor los hechos denunciados p迆blicamente, a pesar de que dicho procedimiento puede iniciarse a solicitud de la persona afectada.
3. Solicitudes de colaboraci車n
Durante el proceso de instrucci車n, y con el 迆nico prop車sito de esclarecer la situaci車n, esta Federaci車n solicit車 en varias ocasiones, por escrito y a trav谷s de los cauces formales, la colaboraci車n de la deportista y su representante legal para que pudieran aportar cualquier elemento fidedigno y contrastable que considerasen relevante. Dichas solicitudes, realizadas con pleno respeto a la privacidad y derechos de la deportista, no han recibido datos concretos en las respuestas, refiri谷ndose reiteradamente a las generalidades expresadas p迆blicamente.
4. Conclusiones del procedimiento
La Delegada de Protecci車n de la FETRI recab車 informaci車n confidencial y realiz車 las comprobaciones pertinentes con personas del entorno deportivo afectado. Una vez analizados todos los elementos disponibles, la Delegada de Protecci車n elev車 el correspondiente informe al Comit谷 Federativo correspondiente del protocolo de la FETRI. Dicho comit谷 ha determinado que no se ha podido acreditar la existencia de comportamientos que puedan ser calificados como acoso o bullying hacia Marta Franc谷s por parte de sus compa?eros de selecci車n.
5. Cierre del expediente
En base a las conclusiones anteriores, el expediente ha sido archivado al no hallarse indicios que sustenten las acusaciones formuladas p迆blicamente. Esta Federaci車n reitera su rechazo a cualquier forma de acoso, y tambi谷n subraya la necesidad de preservar el honor y la integridad de todas las personas afectadas por declaraciones que, en ausencia de pruebas, generan una situaci車n de indefensi車n.
6. Defensa del colectivo de deportistas paral赤mpicos
La FETRI desea manifestar su pleno respaldo a los deportistas paral赤mpicos que integran nuestras selecciones, quienes han demostrado a lo largo de los a?os un comportamiento ejemplar dentro y fuera de la competici車n. Son referentes de superaci車n, esfuerzo y compromiso, y representan los valores fundamentales del deporte y de nuestra sociedad.
Desde la FETRI reiteramos nuestro m芍ximo respeto por la trayectoria deportiva de Marta Franc谷s y le deseamos lo mejor en su futuro personal y profesional. Al mismo tiempo, reafirmamos nuestro compromiso con la verdad, la justicia deportiva y el respeto mutuo entre los miembros de nuestra comunidad y a nuestros deportistas quienes tambi谷n han luchado desde sus distintas discapacidades para alcanzar el m芍ximo nivel deportivo representando a nuestro pa赤s.
Por todo ello, nos reservamos el derecho de ejercer cuantas acciones legales puedan corresponder en defensa del honor y la reputaci車n de nuestros deportistas y de esta instituci車n, si se mantuvieran acusaciones p迆blicas que carezcan de fundamento. En este sentido, la FETRI goza del respaldo jur赤dico de la Ley Org芍nica 1/1982, de protecci車n civil del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen; resultado sin ning迆n g谷nero de duda que, el imputar gratuitamente a un colectivo el ser cooperador y/o autor material de una serie de conductas de acoso es susceptible de menoscabar la reputaci車n y dignidad de cualquier ciudadano, conculcando de lleno el derecho fundamental consagrado en el art. 18.1 de la Constituci車n Espa?ola.
?Tus opiniones importan! Comenta en los art赤culos y suscr赤bete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp.
?Buscas licenciar contenido? Haz clic aqu赤