Una comunidad de vecinos declara la guerra a un restaurante por ruidos y olores y terminan condenados por la justicia
El juzgado inadmite la causa al no haberse cumplido los pasos previos exigidos por la Ley de Propiedad Horizontal y los vecinos deber¨¢n asumir los costes del proceso.

Lo que comenz¨® como un enfrentamiento entre vecinos y un restaurante por supuestas molestias derivadas de humos y ruidos ha terminado con una resoluci¨®n inesperada. El Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 4 de San Bartolom¨¦ de Tirajana, en Gran Canaria, ha desestimado la demanda presentada por una comunidad de propietarios contra un establecimiento de hosteler¨ªa ubicado en el mismo edificio, por un fallo de forma en el procedimiento legal que invalida por completo la acci¨®n judicial.
La comunidad alegaba que las emisiones y ruidos generados por el restaurante alteraban gravemente la convivencia en el inmueble. Para justificar su denuncia, los vecinos se apoyaron en el art¨ªculo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, que permite exigir judicialmente el cese de actividades que resulten molestas, insalubres o peligrosas dentro de una comunidad.
Sin embargo, el juzgado ni siquiera lleg¨® a valorar el fono de la cuesti¨®n debido a un error en la forma en que se present¨® la demanda: no se cumpli¨® el procedimiento obligatorio previo que exige la normativa para este tipo de acciones.
?Qu¨¦ exige la ley antes de demandar?
La Ley de Propiedad Horizontal establece los pasos necesarios para interponer una demanda por actividades molestas dentro de una comunidad:
- Requerimiento fehaciente al vecino o entidad infractora, solicitando formalmente el cese de las molestias.
- Aprobaci¨®n por mayor¨ªa en Junta de Propietarios para dar respaldo legal a la acci¨®n judicial.
En este caso, seg¨²n detalla la sentencia, la comunidad de vecinos actu¨® sin realizar ninguna de estas gestiones previas. Como resultado, el juez archiv¨® el caso sin valorar los hechos denunciados y adem¨¢s impuso a la parte demandante el pago de los costes judiciales.
El abogado defensor del restaurante argument¨® en su intervenci¨®n ante el tribunal que la comunidad hab¨ªa obviado ¡°requisitos esenciales de procedibilidad¡±. ¡°Esta resoluci¨®n deja claro que las normas de procedimiento no son un simple formalismo, sino garant¨ªas esenciales del sistema judicial¡±, coment¨® el abogado. ¡°El incumplimiento de estos pasos previos convierte cualquier demanda en inviable¡±.
Aunque los vecinos no podr¨¢n continuar con esta demanda concreta, s¨ª podr¨ªan reiniciar el proceso en el futuro, esta vez cumpliendo escrupulosamente los requisitos legales.
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