Una comunidad de propietarios publica la deuda de un vecino en el portal y acaba pagando una multa de 1.000 euros
La Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos (AEPD) ha sancionado a una comunidad por exponer los datos de un vecino en zonas comunes.

La Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos (AEPD) ha impuesto una multa de 1.000 euros a una comunidad de vecinos por hacer p¨²blica informaci¨®n confidencial de un residente.
El motivo de la sanci¨®n es la exposici¨®n, durante ocho meses, del nombre y la deuda econ¨®mica de este vecino en una vitrina de uso com¨²n, accesible tanto para los residentes como para visitantes del edificio.
Seg¨²n publica el diario Sur, el documento expuesto era el acta de la junta general ordinaria de la comunidad, en la que se inclu¨ªa el apellido y la inicial del nombre del afectado, junto con la cantidad adeudada. Aunque el acta se encontraba dentro de una vitrina cerrada con llave, estaba colocada en un lugar visible desde el acceso al portal, lo que permiti¨® que cualquier persona que entrara en el edificio pudiera ver dicha informaci¨®n.
La reclamaci¨®n del vecino ante la AEPD
El vecino, al percatarse de la situaci¨®n, interpuso una reclamaci¨®n ante la AEPD por considerar vulnerado su derecho a la protecci¨®n de datos personales. Dos a?os m¨¢s tarde, el organismo regulador le ha dado la raz¨®n.
En la resoluci¨®n, la AEPD concluye que la comunidad de propietarios vulner¨® la normativa vigente al no proteger adecuadamente datos personales sensibles, incumpliendo su deber de confidencialidad. Adem¨¢s del afectado, se vieron comprometidos los datos de otros 11 vecinos, incluyendo nombre, apellidos, direcci¨®n postal y deudas asociadas.
La resoluci¨®n tambi¨¦n se?ala que el vecino intent¨® en varias ocasiones, sin ¨¦xito, que la comunidad subsanara la situaci¨®n. Primero, a trav¨¦s de una solicitud directa; m¨¢s tarde, mediante el env¨ªo de cartas certificadas los d¨ªas 11 y 12 de diciembre de 2024. Al no recibir respuesta, ni recoger la comunidad dichas notificaciones en la oficina postal, la AEPD procedi¨® a publicar el aviso en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) el 27 de diciembre del mismo a?o.
Cuatro meses despu¨¦s, el organismo abri¨® el procedimiento sancionador. Ante la falta de alegaciones por parte de la comunidad dentro del plazo estipulado, la resoluci¨®n ha sido considerada definitiva al contener una declaraci¨®n clara sobre la responsabilidad de los hechos.
?Tus opiniones importan! Comenta en los art¨ªculos y suscr¨ªbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ?Buscas licenciar contenido? Haz clic aqu¨ª
Rellene su nombre y apellidos para comentar
Tu opini¨®n se publicar¨¢ con nombres y apellidos