Nombra heredero universal a uno de sus hijos y la Justicia revoca el testamento por ¡°falta de capacidad¡± tras la denuncia
El Juzgado de Primera Instancia n?21 de Madrid anul¨® el ¨²ltimo testamento de una mujer afectada por la enfermedad de Alzheimer.

El Juzgado de Primera Instancia n?21 de Madrid ha anulado el ¨²ltimo testamento de una mujer afectada por la enfermedad de Alzheimer, dando validez al anterior documento sucesorio que establec¨ªa como herederos, a partes iguales, a sus dos hijos y a su nieta, hija del tercer hijo fallecido previamente.
El desarrollo del caso
Seg¨²n explica el medio especializado Confilegal, la mujer fue declarada incapaz por sentencia judicial el 3 de julio de 2013. Los informes m¨¦dicos acreditaban un deterioro cognitivo moderado de origen mixto neurodegenerativo-vascular, con diagn¨®stico de Alzh¨¦imer, enfermedad que fue agrav¨¢ndose hasta su fallecimiento m¨¢s de dos a?os despu¨¦s, el 27 de diciembre de 2015.
No obstante, en julio de 2014, la mujer firm¨® un nuevo testamento, en el que nombraba a uno de sus hijos como ¨²nico heredero universal. Por su parte, el otro hijo y su nieta (hija de un tercer hijo fallecido de forma previa), quedaban relegados al papel de legatarios de la leg¨ªtima.
La impugnaci¨®n de una de las partes
Este cambio fue impugnado judicialmente por el segundo de los hijos, quien present¨® una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia n?21 de Madrid, alegando la falta de capacidad de su madre para testar en la fecha del nuevo testamento.
La defensa argument¨® la nulidad del documento por haber sido redactado un a?o despu¨¦s de que la madre fuese legalmente incapacitada y solicit¨® la imposici¨®n de costas a la parte demandada. La demanda indicaba que el primero de los hijos hab¨ªa llevado a su madre a la notar¨ªa, pese a su deterioro cognitivo.
El resto de las partes implicadas en el procedimiento se allanaron a la demanda, lo cual agiliz¨® el proceso judicial. Adem¨¢s, exist¨ªan acreditados informes m¨¦dicos, sentencia de incapacitaci¨®n y certificado de ¨²ltimas voluntades que facilitaban la decisi¨®n del Juzgado.
En este caso, el Juzgado estim¨® ¨ªntegramente la demanda y declar¨® la nulidad del testamento de 2014, dando validez al anterior, fechado en abril de 2003, en el que se reconoc¨ªa como herederos a los dos hijos y a la nieta de la fallecida, en partes iguales.
Seg¨²n rezaba la sentencia, ¡°la parte actora ejercita una acci¨®n de nulidad del testamento otorgado el 4 de julio de 2014 por falta de capacidad de la otorgante para testar¡±.
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