Malas noticias para las bajas de la Seguridad Social: una empresa despide a un empleado y la Justicia lo avala por este motivo?
El exempleado recibi¨® una baja m¨¦dica de tres d¨ªas y cuando volvi¨® a su puesto se encontr¨® en la calle.

Desde el 2023 los trabajadores est¨¢n exentos de entregar un parte o justificante m¨¦dico cuando no se presentan en sus puestos de trabajo por causas de salud en Espa?a. Aun as¨ª, esto no significa que no deban de avisar a su empresa. La v¨ªctima del despido de esta empresa no cumpli¨® con esta ¨²ltima parte.
Seg¨²n informa el peri¨®dico El economista, el exempleado contaba con un parte m¨¦dico que secundaba su motivo de ausencia en su puesto. A pesar de que exist¨ªa una causa justificada, el extrabajador decidi¨® no informar sobre su ausencia a la empresa. Esta se enter¨® de lo ocurrido al cuarto d¨ªa desde el inicio de su baja, cuando este se incorpor¨® de nuevo. Ese mismo d¨ªa lleg¨® tambi¨¦n el parte m¨¦dico, enviado por la Seguridad Social a la empresa.
Sentencia del TSJM
Debido a la falta de notificaci¨®n sobre su baja y por problemas anteriores, la empresa decidi¨® poner fin a su contrato. Sin embargo, el caso no termin¨® all¨ª, pues el despido lleg¨® a manos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), quien dict¨® sentencia el 23 de abril. En ella aval¨ªa " el despido de un trabajador por no avisar a la compa?¨ªa de que estaba de baja m¨¦dica¡±, seg¨²n El economista.
La sentencia fue clara en este aspecto, la empresa aleg¨® que el despido fue por mala fe contractual y se puso en evidencia todas las faltas cometidas por el trabajador en el pasado.
A partir del art¨ªculo 54 del Estatuto de los Trabajadores, el fallo considera como causa justa el despido por incumplimiento de la buena fe contractual. Tambi¨¦n se tuvo en cuenta durante la sentencia el trastorno que ha sufrido la empresa por el tema de la sustituci¨®n por no informar con anterioridad.
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