Las nuevas excusas justificadas admitidas por el BOE para librarse de la mesa electoral el 23J
A la reserva de vacaciones previa a la convocatoria electoral se a?aden ahora motivos de ¨ªndole familiar y cuidado de menores

Julio es por excelencia el mes preferido por los espa?oles para irse de vacaciones, algo que se complica este a?o con la convocatoria de elecciones para el pr¨®ximo 23J, que ha levantado el malestar entre los ciudadanos ante la posibilidad de ocupar un cargo en las mesas electorales.
Desde el Gobierno son conscientes de que la fecha no es la m¨¢s adecuada, por lo que ha decidido acotar los motivos por los cuales evitar la mesa electoral. La Instrucci¨®n 7/2023, de la Junta Electoral Central, de 28 de junio publicado en el Bolet¨ªn Oficial del Estado completa la decisi¨®n de la Junta Electoral que dec¨ªa que todo aquel que hubiera reservado sus vacaciones antes de la convocatoria electoral podr¨ªa ¡°librarse¡± de este cargo.
Nuevas excusas
Ahora, el BOE contempla las excusas alegables relacionadas con la gestaci¨®n, riesgo por embarazo o lactancia natural y cuidado del lactante por parte de los progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores. Esto implica que a partir de los 6 meses de embarazo, tanto la gestante como el otro progenitor pueden librarse de ocupar una mesa electoral. Adem¨¢s, si el embarazo o la lactancia conllevan alg¨²n riesgo tambi¨¦n ser¨¢ motivo para abstenerse de ser parte de la mesa electoral.
Hasta ahora, las personas que ten¨ªan a su cargo a un menor de 8 a?os tambi¨¦n pod¨ªan librarse, pero con la nueva actualizaci¨®n, la edad se aumenta hasta los 12 a?os y se incluyen tambi¨¦n los cuidados a personas con discapacidad f¨ªsica, ps¨ªquica o sensorial.
C¨®mo hacer las alegaciones
Todas estas excusas tendr¨¢n que ser justificadas con la documentaci¨®n pertinente que corrobore que el elegido se encuentra en una de estas situaciones. Los ciudadanos que deseen presentar alegaciones ante la Junta Electoral de Zona tendr¨¢n un plazo de 7 d¨ªas desde la recepci¨®n de la carta de designaci¨®n. En un plazo de 5 tendr¨¢n la respuesta del organismo electoral.
Para presentar estas alegaciones, hay dos canales a disposici¨®n de los ciudadanos, uno de ellos es acudir a la Junta Electoral de la zona provisto de copia del DNI, pasaporte o carnet de conducir, rellenar el impreso y adjuntar el justificante que acredite su circunstancia.
Tambi¨¦n se puede realizar de manera telem¨¢tica, a trav¨¦s de la aplicaci¨®n de la Junta Electoral Central con el c¨®digo de identificaci¨®n que aparece en la carta recibida.