La multa de hasta 750 euros que te pueden poner si haces esto en balcones y terrazas de tu comunidad de vecinos
En algunas regiones de Espa?a, un inquilino puede ser sancionado por colgar prendas o banderas en la fachada del edificio.


Vivir en una comunidad de vecinos implica cumplir una serie de normas para facilitar la convivencia y evitar disputas y enfrentamientos entre vecinos. Muchas de esas reglas son conocidas, como el reducir el nivel de ruido a ciertas horas para no molestar, o el pedir permiso para realizar obras estructurales. Sin embargo, hay decenas de situaciones que forman parte de nuestra vida cotidiana y que vemos diariamente sin saber que pueden incumplir la normativa.
Un buen ejemplo tiene que ver con las fachadas de los edificios. Y es que en cualquier parte de Espa?a es habitual ver ropa tendida en ventanas y balcones o incluso banderas colocadas a modo decorativo, pero poca gente es consciente de que este acto puede ser sancionado.
Multa de 750 por tender ropa en el exterior
En cuanto a la ropa tendida en la fachada de un edificio, no existe una regulaci¨®n espec¨ªfica que incluya a toda Espa?a, por lo que son las Comunidades Aut¨®nomas las encargadas de regular la normativa en este sentido. En el caso de que no haya leyes auton¨®micas, la responsabilidad delega a los ayuntamientos. De esta forma, en lugares como Madrid, Barcelona o Valencia tender las prendas en el exterior para que se sequen puede ser multado con hasta 750 euros porque as¨ª lo imponen sus ayuntamientos.
Si tampoco el ayuntamiento correspondiente impone unas normas, es la propia comunidad de vecinos la responsable de establecer qu¨¦ se puede hacer y qu¨¦ no est¨¢ permitido. En ese supuesto, ser¨ªa necesario que los vecinos y la junta llegasen a un acuerdo.
Objetos con connotaciones ideol¨®gicas
La ropa tendida no es lo ¨²nico que cuelgan los espa?oles en las fachadas de sus casas. Ya sea para apoyar a un equipo en un evento deportivo, para reivindicar una idea o simplemente como decoraci¨®n, es habitual ver banderas, pancartas o emblemas colgados de las ventanas o balcones. En esos casos, la situaci¨®n es algo m¨¢s complicada porque adem¨¢s de interferir en la est¨¦tica del edificio puede tener connotaciones ideol¨®gicas.
Por lo tanto, la Ley de Propiedad Horizontal establece que para poder colocar una bandera en el exterior de un edificio, todos los vecinos deben estar de acuerdo. De lo contrario, la sanci¨®n podr¨ªa ascender hasta los 600 euros. Sin embargo, si la bandera es visible desde el exterior del edificio pero est¨¢ colocada en el interior, la comunidad no podr¨¢ sancionar al vecino.
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