La Justicia se?ala que llamar ¡°gilipollas¡± a tu jefe una vez no justifica un despido disciplinario
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestima el recurso de una empresa cuyo jefe fue llamado ¡°gilipollas¡± durante una reuni¨®n.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha determinado en una sentencia que llamar ¡°gilipollas¡± a tu jefe una sola vez no es motivo de despido disciplinario. La resoluci¨®n asegura que pronunciar esa palabra no tiene ¡°la gravedad y el componente de culpabilidad¡± necesario para despedir a un trabajador. Esto fue lo que ocurri¨®, seg¨²n la sentencia:
Cronolog¨ªa del suceso
1) El d¨ªa 21-4-23, sobre las 14,55h, tuvo lugar una reuni¨®n entre la empresa y los trabajadores para dar cierta informaci¨®n por el departamento de calidad, estando esperando a que viniera la totalidad de la plantilla.
2) Sobre las 15h, el actor manifest¨® que se marchaba porque acababa su jornada laboral, momento en que la administradora le advirti¨® que si se marchaba pod¨ªa ser sancionado por desobediencia, teniendo en cuenta que hab¨ªa disfrutado de 15 minutos de descanso, contest¨¢ndole el actor: ¡°a ver si te atreves gilipollas¡±, y se march¨® en este momento dando un portazo.
3) El actor se march¨® porque ten¨ªa prisa por motivos personales
4) La jornada de trabajo en la empresa era de 7h a 15h
La palabra no tiene el ¡°componente de culpabilidad necesario¡±
La empresa, Ahumados Nordfish, despidi¨® en mayo del a?o pasado a su trabajador, un auxiliar de f¨¢brica con un salario mensual de 1.344 euros. La sentencia desestima el recurso interpuesto por la compa?¨ªa contra la sentencia que ya se dict¨® en el Juzgado de lo Social 31 de Madrid de 20 de septiembre de 2023.
La resoluci¨®n explica que, aunque las formas empleadas para dirigirse a sus superiores fueron ¡°destempladas, desabridas y malsonantes¡±, no fueron lo suficientemente graves ni tuvieron ¡°el componente de culpabilidad necesario¡± para justificar el despido del trabajador, ¡°lo que conduce a desestimar el recurso y confirmar la sentencia recurrida que no ha infringido la normativa y jurisprudencia denunciada¡±.
El Tribunal destaca que despedir es ¡°la sanci¨®n m¨¢s grave en el Derecho Laboral¡±, lo que ¡°obliga a una interpretaci¨®n restrictiva¡±, y se propone en este caso ¡°imponerse otras sanciones distintas de la del despido¡±.
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