Buenas noticias para millones de trabajadores en Espa?a: el Supremo declara nulo este tipo de cambios en los horarios de trabajo
Un fallo anula la imposici¨®n de jornadas de lunes a domingo sin negociaci¨®n previa.

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia clave en materia laboral que puede marcar un antes y un despu¨¦s en los derechos de los trabajadores en Espa?a. En su fallo m¨¢s reciente, el alto tribunal ha declarado nulo un cambio de jornada laboral impuesto unilateralmente por una empresa, que pretend¨ªa extender la actividad de lunes a domingo, pese a que sus empleados llevaban a?os trabajando de lunes a viernes.
Aunque en muchos contratos se incluye una cl¨¢usula de disponibilidad horaria que contempla la posibilidad de trabajar de lunes a domingo, el Supremo ha dejado claro que estas f¨®rmulas contractuales no otorgan a las empresas libertad absoluta para reorganizar los horarios a su antojo.
El tribunal considera que, si durante un periodo continuado los trabajadores han venido desempe?ando sus funciones en una jornada concreta, en este caso, de lunes a viernes, esa pr¨¢ctica se convierte en un derecho adquirido que no puede ser modificado de forma repentina ni sin garant¨ªas.
Sin negociaci¨®n, no hay cambio
La clave de la resoluci¨®n est¨¢ en la falta de procedimiento legal por parte de la empresa. Seg¨²n recoge la sentencia, la compa?¨ªa no puso en marcha el mecanismo de modificaci¨®n sustancial de condiciones de trabajo que exige el art¨ªculo 41 del Estatuto de los Trabajadores.
Este art¨ªculo establece que cualquier alteraci¨®n de elementos fundamentales del contrato debe estar justificada por causas econ¨®micas, organizativas o de producci¨®n, y requiere negociaci¨®n colectiva si afecta a un grupo de trabajadores.
¡°El problema no es la cl¨¢usula, sino el modo de aplicarla¡±, explican desde la defensa de los empleados, llevada por el abogado Javier Mariju¨¢n Izquierdo, de la Confederaci¨®n General del Trabajo (CGT). ¡°Firmar un contrato con jornada flexible no permite a la empresa cambiar el calendario laboral sin previo aviso ni di¨¢logo¡±, a?ade.
Este dictamen podr¨ªa tener consecuencias amplias en el mercado laboral espa?ol, donde muchas empresas se apoyan en cl¨¢usulas de disponibilidad gen¨¦ricas. Con esta sentencia, el Supremo sienta jurisprudencia y limita la capacidad de las empresas para modificar horarios sin consentimiento o negociaci¨®n, lo que refuerza la seguridad jur¨ªdica de los trabajadores.
Para Mariju¨¢n, el mensaje es claro: ¡°Las cl¨¢usulas amplias no son cheques en blanco¡±. Las empresas deber¨¢n ahora ser mucho m¨¢s cautelosas a la hora de modificar jornadas que, aunque previstas en papel, nunca llegaron a aplicarse en la pr¨¢ctica.
M¨¢s all¨¢ del caso concreto, esta decisi¨®n representa una unificaci¨®n de doctrina por parte del Supremo, que servir¨¢ de referencia para otros tribunales y trabajadores en situaciones similares. En esencia, la costumbre laboral consolida derechos, y las empresas no pueden ignorarla para imponer nuevas condiciones a voluntad.
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