?A partir de cu¨¢nto tiempo de retraso de tu vuelo tienes derecho a recibir una compensaci¨®n?
Las aerol¨ªneas pueden evitar pagar la indemnizaci¨®n a los pasajeros si demuestran que el retraso se produjo por una circunstancia extraordinaria.

Nos encontramos en pleno per¨ªodo vacacional. Los meses de julio y agosto son temporada alta porque una gran cantidad de espa?oles deciden viajar dentro y fuera del pa¨ªs para tomarse unos d¨ªas de descanso y desconectar de la rutina y el trabajo. Muchos se desplazan hasta las playas del territorio nacional, pero otros viajan al extranjero para ver paisajes y pa¨ªses que desconocen hasta el momento.
Por ello, los precios del alojamiento (hoteles, hostales, pisos de alquiler¡) suben en verano. Ocurre lo mismo con el desplazamiento, pero en el caso de trenes o autobuses, los precios se han visto reducidos debido a los descuentos del Verano Joven que ha lanzado el Ministerio de Transporte para este per¨ªodo estival de 2023.
Pero tambi¨¦n se multiplican los desplazamientos en avi¨®n, y con ello, crecen las posibilidades de que un vuelo sufra alg¨²n retraso. Ante esta cuesti¨®n, muchos pasajeros se preguntan si pueden recuperar el coste del billete o si la aerol¨ªnea est¨¢ obligada a ofrecerles gratuitamente alg¨²n servicio, como un nuevo vuelo o una noche de hotel, en caso de que le reprogramen el viaje al d¨ªa siguiente.
Pues bien, todos los pasajeros cuyo vuelo se retrase al menos tres horas, tienen derecho a una indemnizaci¨®n que va desde los 250 euros (viajes de hasta 1.500 kil¨®metros) hasta los 600 (si el viaje es de m¨¢s de 3.500 kil¨®metros). Esto se recoge en la sentencia de fecha 23 de octubre de 2012, del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea C-581/10 y C-629/10.
Sin embargo, la aerol¨ªnea puede salvarse de pagar la indemnizaci¨®n a los pasajeros si demuestra que el retraso se ha producido por una circunstancia extraordinaria y que ha hecho todo lo posible para evitar el retraso. Los casos considerados como extraordinarios, de acuerdo con el Reglamento (CE) 261/2004, son los siguientes:
- Inestabilidad pol¨ªtica en el pa¨ªs de Origen/Destino
- Condiciones meteorol¨®gicas incompatibles con la realizaci¨®n del vuelo.
- Riesgos para la seguridad.
- Deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo.
- Huelgas que afecten a las operaciones de un transportista a¨¦reo encargado de efectuar un vuelo.