Qu¨¦ pasa si una gestor¨ªa comete un error en tu declaraci¨®n de la Renta y qui¨¦n pagar¨ªa las multas
En un principio, la sanci¨®n recaer¨ªa sobre el contribuyente. Sin embargo, si se demuestra que el error es por parte del asesor, se podr¨ªa reclamar responsabilidades a la gestor¨ªa.

Derivar a una empresa externa la declaraci¨®n de la Renta es una pr¨¢ctica que suele ser m¨¢s com¨²n de lo habitual a la hora de rendir cuentas anualmente con Hacienda, especialmente en el caso de aut¨®nomos y peque?as y medianas empresas (PYMES). Sin embargo, a la hora de realizarla pueden existir errores que la Agencia Tributaria identifique y suponga una sanci¨®n econ¨®mica por ello, de la cual la responsabilidad de hacerse cargo de la multa depende de diferentes circunstancias.
Al no ser una actividad que tenga car¨¢cter de obligatoriedad, en un primer momento, la Agencia sancionar¨¢ al contribuyente en el caso de que se haya producido un error en la declaraci¨®n de la Renta. Es ah¨ª donde hay que esclarecer qui¨¦n ha tenido culpa del error para responsabilizarse econ¨®micamente del mismo.
Responsabilidad del contribuyente
Los errores m¨¢s comunes de los clientes de las gestor¨ªas se resumen en no entregar la informaci¨®n en los plazos correctos, suministrar dicha informaci¨®n de forma incorrecta (errores en las cifras o datos no veraces) o se?alar de forma err¨®nea el procedimiento para realizar la renta. En este caso, en contribuyente tendr¨ªa la responsabilidad de asumir la sanci¨®n econ¨®mica.
Responsabilidad de la gestor¨ªa
En caso de que haya un error y se demuestre que la autor¨ªa de dicho fallo reside en el asesoramiento, existe una normativa, recogida en el BOE como Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria en la que la gestor¨ªa figurar¨ªa como responsable solidario en caso de que sean causantes o colaboren activamente en la realizaci¨®n de una infracci¨®n tributaria. En dicho caso, seg¨²n enumera El Espa?ol, las gestor¨ªas podr¨ªan tener tres tipos de responsabilidades:
Responsabilidad tributaria
Recogida por la Ley General Tributaria, se?ala que son responsables solidarios de las deudas fiscales las personas que colaboren activamente en la comisi¨®n de una infracci¨®n, siendo incluso objeto de sanci¨®n por parte de la Agencia Tributaria.
Responsabilidad penal
En este caso, la responsabilidad penal depender¨¢ de la naturaleza y caracter¨ªsticas del fraude. Tambi¨¦n influye en ¨¦l su influencia en la declaraci¨®n. Concretando en este aspecto, desde los tribunales se valorar¨¢ si su intervenci¨®n ha sido imprescindible para cometer el delito, erigi¨¦ndose como cooperador necesario cuando su intervenci¨®n resulta imprescindible para cometer el delito.
Responsabilidad civil
Por ¨²ltimo, la gestor¨ªa ser¨ªa responsable civil en el caso de que realice de forma err¨®nea su labor y ¨¦sta suponga un perjuicio econ¨®mico en forma de sanci¨®n al contribuyente. Recalcar que en esta situaci¨®n, la gestor¨ªa ¨²nicamente se har¨ªa responsable de las consecuencias econ¨®micas que han sido objeto de perjuicio al contribuyente.