?Me pueden quitar la pensi¨®n no contributiva si cobro una herencia?
Perder o no el derecho a percibir una pensi¨®n no contributiva depende de si se superan los l¨ªmites de ingresos anuales para acceder a la misma.

Cobrar una herencia no tiene por qu¨¦ ser sin¨®nimo de perder la pensi¨®n contributiva. Todo depende de la cuant¨ªa econ¨®mica que se reciba y, en concreto, de si con ella se supera el l¨ªmite de ingresos establecido.
Uno de los requisitos para recibir una pensi¨®n no contributiva es carecer de rentas suficientes para vivir. Recibir una herencia puede hacer que esa condici¨®n deje de cumplirse y que, por lo tanto, se deje de tener derecho a la pensi¨®n.
Se entiende que una persona no cuenta con rentas suficientes cuando la suma de todos los ingresos que percibe a lo largo del a?o es menor a la cuant¨ªa de la pensi¨®n no contributiva que podr¨ªa recibir, cuyo importe anual para el a?o 2022, seg¨²n detalla el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), se cifra en 5.899,60 euros anuales.
Los l¨ªmites de ingresos anuales
En consecuencia, en el a?o 2022 el l¨ªmite de ingresos para recibir una pensi¨®n no contributiva se sit¨²a en esos 5.899,60 euros anuales para los individuos que viven solos. Si la suma de la herencia y de los ingresos anuales no supera esa cifra, no se perder¨¢ el derecho a percibir la pensi¨®n no contributiva.
No obstante, en el caso de convivir con un c¨®nyuge y/o parientes consangu¨ªneos de segundo grado (padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos) los l¨ªmites de ingresos m¨¢ximos familiares cambian:
- Con dos convivientes: 10.029,32 euros anuales.
- Con tres convivientes: 14.159,04 euros anuales.
- Con cuatro convivientes: 18.288,76 euros anuales.
Tambi¨¦n var¨ªan los requisitos econ¨®micos en el caso de convivir con parientes consangu¨ªneos entre los que se encuentran padres e hijos:
- Con dos convivientes: 25.073,30 euros anuales.
- Con tres convivientes: 35.397,60 euros anuales.
- Con cuatro convivientes: 45.721,90 euros anuales.
30 d¨ªas para comunicar la obtenci¨®n de la herencia
En cualquier caso, desde que se acepta la herencia hay un plazo de 30 d¨ªas para comunicar a la Seguridad Social el cambio en las condiciones econ¨®micas de la persona beneficiaria de la pensi¨®n no contributiva.
Si no se cumple con esta condici¨®n, se proceder¨¢ a la suspensi¨®n del pago mensual y se tendr¨¢n que devolver todas las cuant¨ªas de la pensi¨®n no contributiva que se han percibido desde que se recibi¨® la herencia.