?Es carga familiar para mi subsidio por desempleo si convivo con mi pareja sin estar casados?
El SEPE no considera responsabilidad familiar a una pareja de hecho. Tampoco a los hijos privativos del c¨®nyuge si no se ha contra¨ªdo matrimonio.

A la hora de pedir un subsidio por desempleo entran en juego numerosos factores que determinar¨¢n si nos conceden o no la ayuda. Este subsidio est¨¢ destinado a las personas que han agotado el resto de subsidios por desempleo y los parados de larga duraci¨®n que tambi¨¦n hayan agotado el resto de opciones.
Pero para obtener el subsidio habr¨¢ que cumplir una serie de requisitos, como ser demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestaci¨®n, carecer de rentas que superen el 75% del Salario M¨ªnimo Interprofesional (SMI) o tener responsabilidades familiares, entre otras. En cuanto a este ¨²ltimo requisito, muchos se preguntan si una pareja de hecho con la que vivimos sin estar casados cuenta como responsabilidad familiar.
El Servicio P¨²blico de Empleo Estatal (SEPE) responde de forma clara y concisa a la cuesti¨®n en su web: ¡°La pareja de hecho de la persona solicitante o beneficiaria del subsidio por desempleo no forma parte de la unidad familiar de esta, por lo que no puede ser considerada como responsabilidad familiar de la misma¡±.
?Qu¨¦ son las responsabilidades familiares?
¡°A los efectos del subsidio por desempleo, tener responsabilidades familiares significa tener a su cargo a su c¨®nyuge o a alg¨²n hijo o hija por naturaleza o adopci¨®n que sea menor de 26 a?os o mayor con discapacidad o personas menores acogidas, si conviven o dependen econ¨®micamente de usted y no tienen rentas mensuales superiores al 75 % del salario m¨ªnimo interprofesional (SMI)¡±, explica el SEPE en su web.
Tambi¨¦n podr¨¢n ser cargas familiares (si se ha contra¨ªdo matrimonio) los hijos privativos del c¨®nyuge, es decir, los hijos que ha tenido con una tercera persona. Pero si los hijos son de una pareja de hecho, el SEPE no los considera como carga familiar.
?Cu¨¢l es la cuant¨ªa y duraci¨®n del subsidio por desempleo?
El subsidio por desempleo posee una cuant¨ªa igual al 80% del Indicador P¨²blico de Renta de Efectos M¨²ltiples, unos 436 euros mensuales, pero si la relaci¨®n laboral que dio derecho a la prestaci¨®n contributiva que el solicitante ha agotado era jornada parcial, la cantidad a percibir por el subsidio ser¨¢ m¨¢s peque?a.
La duraci¨®n del subsidio est¨¢ comprendida entre los 6 y 30 meses, dependiendo de la prestaci¨®n que se haya agotado y de la edad del solicitante. Estos son los posibles casos, seg¨²n recoge el SEPE:
- Menor de 45 a?os y ha agotado una prestaci¨®n contributiva de al menos 4 meses, tendr¨¢ derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un m¨¢ximo 18 meses.
- Menor de 45 a?os y ha agotado una prestaci¨®n contributiva de al menos 6 meses, tendr¨¢ derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un m¨¢ximo 24 meses.
- Mayor de 45 a?os y ha agotado una prestaci¨®n contributiva de 4 meses, tendr¨¢ derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un m¨¢ximo 24 meses.
- Mayor de 45 a?os y ha agotado una prestaci¨®n contributiva de al menos 6 meses, tendr¨¢ derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un m¨¢ximo 30 meses.