Un funcionario de la Seguridad Social se?ala qui¨¦n puede solicitar el ¡®extra¡¯ de cinco a?os en la pensi¨®n: ¡°?Interesa hacerlo?¡±
Los antiguos becarios podr¨¢n cotizar por sus pr¨¢cticas anteriores a 2024: as¨ª funciona el nuevo convenio especial de la Seguridad Social.

Desde el 1 de enero de 2024, todos los estudiantes que realizan pr¨¢cticas formativas, remuneradas o no, est¨¢n autom¨¢ticamente dados de alta en la Seguridad Social y comienzan a cotizar. Sin embargo, muchos j¨®venes que realizaron pr¨¢cticas antes de esa fecha quedaron fuera de este sistema. Ahora, la Tesorer¨ªa General de la Seguridad Social ha habilitado un convenio especial que permitir¨¢ a estos antiguos becarios cotizar por aquel tiempo.
As¨ª lo ha explicado en detalle el funcionario de la Seguridad Social y divulgador Alfonso Mu?oz en un v¨ªdeo en TikTok. En ¨¦l, vislumbra c¨®mo funciona este nuevo mecanismo, qui¨¦n puede acogerse a ¨¦l y si realmente compensa hacerlo.
Y es que el nuevo convenio permite recuperar hasta cinco a?os de cotizaci¨®n por pr¨¢cticas realizadas con anterioridad a 2024, siempre que se acredite que efectivamente se llevaron a cabo. La duraci¨®n m¨¢xima reconocida depender¨¢ del tiempo real en que se hayan hecho dichas pr¨¢cticas. ¡°Si se practic¨® durante un a?o, se podr¨¢ cotizar por un a?o; si fueron dos, por dos, y as¨ª sucesivamente¡±, explica Mu?oz.
?Cu¨¢nto se cotiza por esas pr¨¢cticas?
El c¨¢lculo no se basa en las bases m¨ªnimas actuales, sino en las que reg¨ªan en el a?o en que se hicieron las pr¨¢cticas. A esta base se le aplica un porcentaje que determina la cuota, y a esta ¨²ltima, un coeficiente reductor del 0,77. Para conocer el importe exacto, Mu?oz recomienda acudir personalmente a la Tesorer¨ªa General de la Seguridad Social con el certificado de las pr¨¢cticas realizadas.
Adem¨¢s, el pago puede hacerse en un solo plazo o de forma fraccionada. Se permite pagar en hasta el doble del tiempo que se desea recuperar ¡ªpor ejemplo, 24 meses para un a?o cotizado¡ª con un m¨¢ximo de 84 mensualidades (7 a?os). Algo que no es obligatorio, pero que se puede hacer hasta el 31 de diciembre de 2028, por lo que quienes no puedan afrontarlo ahora, podr¨¢n esperar a una mejor situaci¨®n econ¨®mica.
?Vale la pena suscribirse al convenio?
Decidir si compensa o no acogerse a este convenio especial depende de varios factores personales, pero hay elementos objetivos que pueden ayudar a tomar una decisi¨®n informada.
Mu?oz se?ala que, aunque nadie puede garantizar que las cotizaciones que se recuperen vayan a ser determinantes en el futuro, s¨ª es cierto que todos los derechos contributivos del sistema de Seguridad Social ¡ªcomo la jubilaci¨®n, la incapacidad permanente o la jubilaci¨®n anticipada¡ª exigen un periodo m¨ªnimo de cotizaci¨®n.
Por ejemplo, para tener derecho a una pensi¨®n de jubilaci¨®n se requieren al menos 15 a?os cotizados. Adem¨¢s, cuanto m¨¢s se cotiza, mayor ser¨¢ la pensi¨®n: actualmente se necesitan 36 a?os y medio para alcanzar el 100 % de la base reguladora. Tambi¨¦n la edad de jubilaci¨®n est¨¢ vinculada al historial de cotizaci¨®n. Solo quienes hayan cotizado m¨¢s de 38 a?os y 3 meses pueden jubilarse a los 65; el resto deber¨¢ esperar hasta los 66 a?os y 8 meses.
Lo mismo ocurre con las jubilaciones anticipadas y parciales, que exigen entre 33 y 35 a?os cotizados, y con las pensiones por incapacidad permanente derivadas de enfermedad com¨²n, que tambi¨¦n requieren haber cotizado previamente un m¨ªnimo, variable seg¨²n la edad del solicitante.
Con todas las cartas sobre la mesa, el consejo resulta un tanto razonable. Cuantos m¨¢s a?os tengamos acreditados ante la Seguridad Social, m¨¢s protecci¨®n y derechos tendremos el d¨ªa de ma?ana. Por eso, recuperar los periodos de pr¨¢cticas no cotizados puede ser una oportunidad valiosa para reforzar la trayectoria contributiva, especialmente si se aspira a una jubilaci¨®n m¨¢s temprana o a una pensi¨®n de mayor cuant¨ªa.
?Tus opiniones importan! Comenta en los art¨ªculos y suscr¨ªbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ?Buscas licenciar contenido? Haz clic aqu¨ª
Rellene su nombre y apellidos para comentar
Tu opini¨®n se publicar¨¢ con nombres y apellidos