La fecha l¨ªmite para realizar el segundo pago de la Renta 2022-23 en Hacienda
Aquellos que hayan fraccionado el pago de la Declaraci¨®n de la Renta tienen hasta el 6 de noviembre para efectuar el segundo ingreso correspondiente al 40%.


En la mayor¨ªa de los pa¨ªses es posible pagar la Declaraci¨®n de la Renta tanto en un solo pago como en plazos. En Espa?a, se puede solicitar el fraccionamiento del pago si se cumplen con ciertos requisitos y condiciones. Generalmente se puede dividir en dos plazos, el primero de ellos se ejecuta en el momento de presentar la declaraci¨®n y corresponde al 60% de la cuant¨ªa, cuyo plazo cerr¨® el 30 de junio; y el segundo se realiza meses despu¨¦s y equivale al 40% restante.
El plazo l¨ªmite para este segundo pago llega este 6 de noviembre, seg¨²n el calendario de la Renta de la Agencia Tributaria. De forma que los contribuyentes deber¨¢n tener en la cuenta bancaria aportada al organismo una cantidad suficiente para el momento en que se efect¨²e el cobro correspondiente.
Requisitos para domiciliar
Cada vez son m¨¢s los ciudadanos que optan por fraccionar este pago, pero para ello hay que cumplir con ciertas condiciones. La primera de ellas es que la declaraci¨®n se presente dentro del plazo establecido y no se trate de una autoliquidaci¨®n complementaria. Por otro lado, tambi¨¦n se exige que en el momento de la presentaci¨®n de la declaraci¨®n se efect¨²e el pago del 60% de la deuda.
Adem¨¢s, tambi¨¦n es necesario que los usuarios tengan el importe necesario en la cuenta el d¨ªa que termina el plazo del segundo pago. De lo contrario, Hacienda no dar¨¢ m¨¢s oportunidades de realizar el cobro por el banco, y comenzar¨¢ los tramites pertinentes para reclamar el dinero por una v¨ªa diferente y con recargo e intereses.
Otras formas de pago
En caso de que las declaraciones a ingresar no est¨¦n domiciliadas, se puede acceder al portal Renta Web con certificado electr¨®nico, DNIe, Cl@ve PIN o n¨²mero de referencia. De esta forma, se puede pagar de manera telem¨¢tica en la p¨¢gina de la Agencia Tributaria, acudir a cualquier oficina de una entidad bancaria ubicada en Espa?a o hacer el pago en una Delegaci¨®n de la Agencia Estatal de Administraci¨®n Tributaria.
En este contexto, seg¨²n asegura la Agencia Tributaria en su comunicado, tambi¨¦n se puede pagar mediante transferencia, con reconocimiento de deuda, o mediante el documento de ingreso que permitir¨¢ efectuar el pago a trav¨¦s de una entidad colaboradora. Finalmente, tambi¨¦n es posible su ¡°presentaci¨®n con solicitud de aplazamiento o fraccionamiento, compensaci¨®n o mediante la entrega de bienes del Patrimonio Hist¨®rico Espa?ol.¡±