?Hay que declarar las transferencias bancarias en la Renta 24-25 y a partir de cu¨¢ndo hay que hacerlo?
Hacienda indica que no es necesario declarar este tipo de operaciones, pero hay otro tipo de movimientos que s¨ª son obligatorios indicar en la Renta.

La Campa?a de la Renta 2024-2025 est¨¢ aqu¨ª. Desde este 2 de abril hasta el 30 de junio, millones de contribuyentes en Espa?a podr¨¢n realizar la Declaraci¨®n de la Renta para saldar cuentas con Hacienda. En v¨ªsperas a este popular tr¨¢mite comienzan a surgir numerosas inc¨®gnitas y el agobio se empieza a respirar en el ambiente. Una de las preguntas que m¨¢s se repite es si hay que declarar las transferencias bancarias.
Bien es cierto que Hacienda no pone ning¨²n l¨ªmite a las transferencias, aunque la entidad financiera avise a la Agencia Tributaria de las operaciones bancarias que superen los 10.000 euros. Sin embargo, pese a lo que mucha gente pueda pensar, Hacienda indica que no es obligatorio declarar las transferencias bancarias, incluso aquellas que superen esta cifra.
De la misma forma, las entidades financieras notifican a la administraci¨®n si se realizan pagos y cobros en met¨¢lico de m¨¢s de 3.000 euros, o si se dan pr¨¦stamos y cr¨¦ditos de m¨¢s de 6.000 euros. No obstante, igual que el caso anterior, no es necesario iniciar ning¨²n tr¨¢mite administrativo si se superan estos l¨ªmites.
?Cu¨¢ndo hay que declarar?
Existen otro tipo de movimientos de dinero que s¨ª son obligatorios declarar ante Hacienda. Estos son aquellos env¨ªos y recepciones fuera de Espa?a. Concretamente, son los siguientes casos:
- Enviar o recibir fuera de Espa?a un pago de m¨¢s de 10.000 euros.
- Entrar o salir del pa¨ªs con 10.000 euros.
- Movimientos bancarios dentro de Espa?a de m¨¢s de 100.000 euros.
- Movimientos de medio de pago en met¨¢lico por valor de 100.000 euros o m¨¢s.
En este contexto, las operaciones realizadas con Bizum no suelen declararse como norma general, pero s¨ª existe un l¨ªmite que si se supera deber¨¢ incluirse en la renta. Hacienda establece que a partir de los 10.000 euros al a?o en este tipo de operaciones se deben incluir en la declaraci¨®n.
Rellenar el Modelo S1
Si se superan los l¨ªmites previamente establecidos, se debe cumplimentar y presentar el Modelo S1 de la Agencia Tributaria para informar de la operaci¨®n. En esta declaraci¨®n gratuita, se deben aportar los datos del portador, del propietario y del destinatario del dinero, adem¨¢s del importe, la naturaleza de la transacci¨®n y su procedencia.
?Y si no relleno el Modelo S1? En caso de no incluirse este tipo de operaciones en la Declaraci¨®n de la Renta supone un riesgo de ser sancionado con hasta 2.500 euros, adem¨¢s de una multa de 150 euros. M¨¢s concretamente, Hacienda puede llegar a sancionar con entre un 2% y un 25% del dinero no declarado.
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